¿Mi invención es patentable? – República Dominicana

De acuerdo a la Ley 20-00 sobre Propiedad Industrial, una invención puede ser patentable cuando las siguientes condiciones se cumplen:patente patent

  • Novedad: la invención no puede haber sido divulgada o hecha accesible al público (mundialmente).
  • Nivel inventivo: la invención no puede ser obvia para una persona entrenada en el campo a la cual se aplique.
  • Aplicabilidad industrial: la invención puede ser usada en una industria y el resultado o proceso puede ser alcanzado siempre.

La invención no será patentada cuando sea:

  • Descubrimiento (de algo ya existente)
  • Teorías científicas
  • Métodos matemáticos
  • Creaciones estéticas (ve por diseño industrial)
  • Métodos de negocios
  • Programas de computadoras
  • Presentaciones de información
  • Métodos terapéuticos, diagnósticos o quirúrgicos
  • Combinación simple de otras invenciones anteriores
  • El invento va en contra del orden público o las buenas costumbres
  • Plantas y/o animales (algunas excepciones aplican)

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