Inventaste un producto o proceso, y luego tú (u otra persona) lo compartieron con el mundo…
Después que recibiste cierto reconocimiento por tu invención alguien (que podría estar interesado en invertir) pregunta por tu certificado o solicitud de registro de patente.
¿Qué hacer?
¿Está tu invención condenada al dominio público?
No todo está perdido, de acuerdo a la Ley No. 20-00 sobre Propiedad Industrial la novedad no se encuentra afectada si la divulgación ocurrió dentro del año (sí solo UNO) precedente a la presentación de la solicitud de registro y si se verifican uno de estos casos:
- Directa o indirecta acción del inventor o sus representantes; o
- No autorizada por otro infringiendo provisiones contractuales o legales.
En esos casos para demostrar novedad solo tendrá que preocuparse por todo lo demás que ha sido divulgado o hecho accesible al público en el mundo. Y nada más…
2 thoughts on “¿Patente? ¡Pero ya yo publiqué mi invención! – República Dominicana”