La R en el círculo ® u otra indicación para identificar marcas registradas no son requerimientos explícitos de la Ley de Propiedad Industrial en República Dominicana, por lo tanto no se derivaría ninguna consecuencia legal por su omisión.
El proceso para registrar una marca, involucra la publicación de la solicitud por ONAPI (autoridad nacional) en su boletín oficial, lo que la hace de conocimiento público. Luego de esa publicación, las demás personas (terceros) cuentan con un período de cuarenta y cinco (45) días para presentar oposiciones. Una vez que se agota dicho plazo, sin oposiciones, el registro es otorgado al solicitante.
La marca registrada aceptada como de conocimiento público otorga al titular el derecho de impedir a terceros su uso no autorizado en el comercio.
Con relación a acciones judiciales la R en el círculo ® u otra designación para identificar marcas registradas no son requisitos ante organismos judiciales; su omisión no afectaría el resultado de una demanda por violación a derecho sobre marca.