Fanfic: ¿Original?

Una de las trilogías más exitosas en los últimos tiempos, inició en un blog de ficción para fans, donde la autora inspirada en otra serie de libros narraba fantasías amorosas alcanzando un tono frecuentemente censurado. Es así como en la ficción un vampiro se transformó en un exitoso empresario con ropa gris y como una autora de “fanfic” se tornó en una de las autoras mejores pagadas en el mundo.

Fanfics son las historias habitualmente publicadas en Internet basadas en personajes o universos ficticios populares creadas por los fanáticos (usualmente) sin autorización del autor.

Existen numerosas voces que acusan a este género como una franca infracción al derecho de autor. Como vimos en mi post anterior, un personaje por sí mismo puede ser protegido mediante la Propiedad Intelectual, si se logra esta protección su uso queda restringido para terceros, incluyendo claro a los fans. Para esos personajes exclusivos sería más claro establecer la infracción cuando sean usados sin autorización para narrar otras historias o en contextos diferentes.

A pesar de esto, debemos comprender que el derecho de autor no es un derecho absoluto, en la mayoría de los sistemas legales existen ciertos usos autorizados, tales como el uso personal, uso educativo, en algunos países también se admite la parodia o la crítica. También, más allá de derecho, está el negocio detrás de las franquicias, la decisión de perseguir a quienes nutren tu popularidad usualmente no es muy atractiva o aconsejable.  

Volviendo a los tonos grises del extraordinario ejemplo inicial, podemos ver que lo que comenzó como una inspiración basada en una obra existente puede devenir en una obra separada considerada como original. Si la originalidad se entiende como aquello que se transforma y se diferencia de su origen, entonces el punto de inicio o inspiración puede no ser determinante para decidir si obra merece ser protegida o no. En términos generales, el derecho de autor admite protección a todas las creaciones intelectuales originales. Los elementos subjetivos como el mérito artístico o la calidad de una obra no deberían afectar su amparo ante la ley.

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